Sáb. Ago 15th, 2026

Eliminan autorizaciones de la AJ para promociones y surge duda sobre quién garantizará los premios ofrecidos

Tras la promulgación de la Ley 1733 de Alivio Tributario, la AJ informó mediante un comunicado que las promociones empresariales ya no requerirán autorización estatal; sin embargo, expertos advierten que todavía falta reglamentación mediante Decreto Supremo y alertan sobre un posible vacío respecto al control y cumplimiento de premios prometidos en campañas comerciales.

La Autoridad de Fiscalización del Juego comunicó oficialmente que las empresas ya no deberán tramitar autorizaciones para lanzar promociones, rifas comerciales y sorteos empresariales, una medida que forma parte del paquete de flexibilización administrativa impulsado por el Gobierno de Rodrigo Paz.

El anuncio fue recibido con preocupación por juristas y analistas en defensa del consumidor, quienes recuerdan que la intervención estatal en promociones nació precisamente por múltiples denuncias de ciudadanos que no recibían los premios prometidos o eran inducidos mediante publicidad engañosa.

Durante años, la AJ exigía a las empresas registrar promociones, presentar bases legales y demostrar la existencia de los premios antes de iniciar campañas comerciales. Ese control previo buscaba evitar fraudes y garantizar que vehículos, dinero, electrodomésticos u otros incentivos efectivamente sean entregados a los ganadores.

Ahora, con la eliminación de la autorización previa, surge la principal interrogante: qué entidad garantizará el cumplimiento de los premios ofrecidos y qué mecanismo tendrá el consumidor para reclamar ante posibles incumplimientos.

Especialistas señalan que la situación podría generar un vacío de fiscalización mientras el Ejecutivo no emita un Decreto Supremo reglamentario que adecue las competencias institucionales y establezca nuevos mecanismos de control.

También observan que la AJ difundió el cambio mediante un comunicado institucional, pese a que todavía existirían decretos y reglamentos vigentes vinculados a supervisión y fiscalización de promociones empresariales.

“Un comunicado no modifica ni deroga normativa reglamentaria”, advierten expertos, quienes consideran necesaria una adecuación jurídica integral para evitar contradicciones legales y conflictos futuros.

La AJ aclaró además que las promociones aprobadas antes de la vigencia de la Ley 1733 continuarán desarrollándose bajo las condiciones originalmente autorizadas.

Por Equipo de redacción

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