La advertencia del alcalde Manuel «Mamen» Saavedra de destituir al personal administrativo de salud que continúe acatando el paro de 72 horas elevó la tensión del conflicto y abrió un debate que va más allá de la confrontación política: ¿tiene un alcalde la potestad de despedir de manera inmediata a funcionarios que participan en una medida de presión o la ley exige un procedimiento previo?
La autoridad municipal anunció que instruirá controles de asistencia y aseguró que el personal administrativo que no se presente a trabajar será destituido. Además, adelantó que impulsará un proceso de contratación de nuevos trabajadores para garantizar la atención en los centros de salud y evitar que la población siga siendo perjudicada por la suspensión de servicios.
Las declaraciones surgieron en respuesta al paro convocado por la Federación Sindical de Trabajadores de Salud de Santa Cruz, que reclama el pago de salarios adeudados y del bono viático de vacunación. La medida mantiene restringida la atención en hospitales y centros de salud, donde únicamente se reciben emergencias.
Desde el punto de vista jurídico, la determinación anunciada por Saavedra no es automática. Si bien la administración municipal tiene la facultad de ejercer control sobre sus funcionarios y sancionar el incumplimiento de deberes, una destitución debe respetar el procedimiento previsto por la normativa aplicable y garantizar el derecho a la defensa de los trabajadores.
La Constitución Política del Estado reconoce el derecho a la organización sindical y a la huelga. No obstante, ese derecho tampoco es absoluto, especialmente cuando están comprometidos servicios esenciales como la salud, donde el Estado debe procurar la continuidad de la atención para proteger a la población.
En ese escenario, cualquier eventual proceso disciplinario deberá sustentarse en causales previstas por la legislación y no únicamente en el anuncio realizado por la máxima autoridad municipal. De lo contrario, las decisiones podrían ser objeto de impugnaciones administrativas o incluso acciones judiciales por presunta vulneración del debido proceso.
Otro aspecto que llamó la atención fue el anuncio de una «licitación pública de contrataciones». En términos jurídicos, la incorporación de personal no se realiza mediante licitaciones, sino a través de los mecanismos de selección y contratación establecidos por la normativa vigente para el sector público, por lo que será necesario conocer el procedimiento específico que aplicará la Alcaldía.
Mientras tanto, el conflicto continúa sin señales de solución inmediata. Los trabajadores mantienen sus demandas económicas y el municipio endurece su discurso con el argumento de garantizar la atención médica, configurando un escenario donde la disputa laboral también podría trasladarse al ámbito legal.
Por Equipo de redacción
