Vie. Ago 28th, 2026

Empresas con cierre fiscal al 31 de diciembre y 31 de marzo deben actualizar su Matrícula de Comercio hasta el 30 de septiembre

El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural mediante Resolución Ministerial 0173.2020 establece de manera excepcional que las empresas unipersonales y sociedades comerciales con cierre de ejercicio fiscal al 31 de diciembre de 2019 y 31 de marzo de 2020, deben actualizar su Matrícula de Comercio hasta el 30 de septiembre de 2020, ampliando también la vigencia de las Matrículas de Comercio hasta; el mismo 30 de septiembre de 2020 inclusive.

Asimismo, la entidad, recordó que el trámite de actualización puede ser realizado íntegramente por Internet ingresando al portal web www.miempresa.gob.bo

También las empresas con cierre fiscal al 31 de diciembre 2019 y 31 de marzo de 2020, deberán cumplir con todos sus deberes y obligaciones comerciales y registrales hasta el 30 de septiembre.

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