Vie. Ene 17th, 2025

Revisión de la normativa y potenciales ingresos por juegos de azar en Bolivia: Un análisis comparativo

En Bolivia, Curucusi Games S.R.L. es la única empresa autorizada para operar casas de juegos de azar, regulada por la Autoridad de Fiscalización del Juego (AJ) y sujeta a los impuestos establecidos en la Ley N° 060 de Juegos de Lotería y de Azar. Sin embargo, la Sentencia Constitucional Plurinacional 0095/2017 ha cuestionado la constitucionalidad de ciertos artículos, generando un debate sobre la necesidad de ajustar la normativa a los estándares constitucionales. Según datos de la AJ al 31 de agosto de 2024, los impuestos nacionales recaudados por el impuesto al juego ascendieron a Bs. 45.414.120 y por el impuesto a la participación al juego a Bs. 10.121.040, cifras que contrastan con los ingresos significativamente mayores registrados en países vecinos como Perú y Paraguay. Esta comparación resalta una oportunidad que Bolivia podría aprovechar en tiempos de crisis económica, ajustando su normativa para mejorar la recaudación y aprovechar el potencial de este sector

La normativa boliviana establece dos impuestos principales sobre las actividades de juegos de azar: el Impuesto al Juego (IJ) y el Impuesto a la Participación en Juegos (IPJ). Estos impuestos están diseñados para regular y gravar la explotación y participación en juegos de azar y sorteos. Sin embargo, la Sentencia Constitucional Plurinacional 0095/2017 declaró inconstitucionales los artículos 37 y 38 de la Ley N° 060, argumentando que violan los principios de capacidad económica, no confiscatoriedad del tributo y proporcionalidad establecidos en la Constitución Política del Estado. Esta sentencia ha llevado a un llamado para la revisión y modificación de la normativa vigente, aunque hasta la fecha, la Asamblea Legislativa no ha dado cumplimiento a la sentencia.

De acuerdo a los datos de la Autoridad de Fiscalización del Juego (AJ), al 31 de agosto de 2024, los impuestos nacionales recaudados por el Impuesto al Juego ascendieron a Bs. 45.414.120 y por el Impuesto a la Participación en Juegos a Bs. 10.121.040. Estas cifras, aunque significativas, palidecen en comparación con los ingresos registrados en países vecinos. Por ejemplo, Perú ha recaudado alrededor de USD 894 millones en los últimos 16 años a través de casinos y máquinas tragamonedas, y se espera que el mercado de juegos en línea genere USD 145 millones para 2024. Paraguay, por su parte, recaudó aproximadamente USD 21,35 millones en 2023, con una proyección de crecimiento continuo.

Este contraste en la recaudación de impuestos evidencia una oportunidad para que Bolivia revise y optimice su marco regulatorio en el sector de los juegos de azar. La actualización de la normativa no solo podría resolver los problemas de constitucionalidad señalados por la Sentencia Constitucional, sino que también podría permitir una mayor eficiencia en la recaudación de impuestos y promover un entorno más favorable para la inversión en el sector. En tiempos de crisis económica, tales reformas podrían ser cruciales para aumentar los ingresos fiscales y mitigar los efectos adversos en la economía boliviana.

La experiencia de países como Perú y Paraguay muestra que una regulación adecuada y una estrategia fiscal eficiente pueden generar ingresos sustanciales para el Estado. Bolivia, con un marco normativo revisado y ajustado a los estándares constitucionales, además de un control en línea, podría no solo incrementar sus ingresos fiscales provenientes de los juegos de azar, sino también fomentar un desarrollo sostenible en este sector, aprovechando así una fuente de ingresos que ha demostrado ser valiosa en otras economías de la región.

Redacción central

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