Dom. Ago 16th, 2026

El error del TSE que pone en riesgo las elecciones: candidatos habilitados sin cumplir la Constitución

La judicialización del proceso electoral en Bolivia cobra fuerza tras una acción de cumplimiento que podría dejar fuera de carrera a varios candidatos por no haber renunciado a sus cargos antes de postularse, en contravención directa a la Constitución. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) enfrenta crecientes críticas por haber habilitado postulaciones que podrían ser inconstitucionales.

Las elecciones generales del próximo 17 de agosto ingresan en una fase crítica con la judicialización de las candidaturas. Esta semana, un grupo ciudadano interpuso una acción de cumplimiento ante la Sala Constitucional Segunda de Santa Cruz exigiendo la inhabilitación inmediata de varios candidatos que no habrían cumplido con el requisito constitucional de renunciar previamente a sus cargos públicos electivos.

Los nombres bajo la lupa no son menores: Manfred Reyes Villa, Eva Copa, Andrónico Rodríguez, Jhonny Fernández y Rodrigo Paz, todos postulantes que aún ejercen funciones como alcaldes o senadores, sin haber renunciado antes de ser habilitados. ¿El argumento central? La reciente Sentencia Constitucional Plurinacional 0007/2025, emitida el 13 de mayo, que recuerda con firmeza la vigencia del Artículo 238 de la Constitución Política del Estado y del Artículo 108.e) de la Ley del Régimen Electoral, ambos concordantes en exigir renuncia para postularse a un nuevo cargo, salvo en los casos del Presidente y Vicepresidente.

Choque de trenes institucional

El Tribunal Supremo Electoral, mediante  el vocal Gustavo Ávila, se defiende apelando a la Sentencia Constitucional 0032/2019, que interpretó de manera más flexible esta exigencia, permitiendo a autoridades electas postularse sin necesidad de renunciar.

Pero la nueva sentencia de 2025 plantea un giro. Aunque se centra en limitar la reelección presidencial, también reafirma el respeto a los requisitos constitucionales para acceder a cargos electivos, interpretado por los demandantes como un regreso al cumplimiento estricto de la norma.

“Esta es una sentencia de cumplimiento obligatorio. Las autoridades que no renunciaron no pueden estar habilitadas. Si el TSE lo permitió, incurrió en una vulneración de la Constitución y debe asumir responsabilidades”, afirmó uno de los juristas que impulsa la acción.

El principio de preclusión en riesgo

Para el TSE, sin embargo, lo que está en juego no es sólo la habilitación de candidatos, sino la estabilidad del proceso electoral. El ente denunció que estas acciones judiciales atentan contra el principio de preclusión, que garantiza que una vez cerradas las etapas —como la verificación de requisitos, concluida el 26 de mayo— no pueden ser reabiertas.

“No permitiremos que se judicialice el calendario electoral. Si este precedente se impone, cualquier elección podrá ser saboteada desde los tribunales”, advirtió Ávila.

¿Error jurídico o crisis sistémica?

Expertos constitucionalistas advierten que el TSE podría haber incurrido en un error jurídico de fondo, al omitir el cumplimiento expreso de la CPE en el actual contexto interpretativo. Si la Sala Constitucional valida la acción de cumplimiento, el golpe será doble: político y jurídico. Habría que reformular listas, suspender candidaturas y posiblemente reprogramar etapas del calendario electoral, abriendo un escenario de profunda incertidumbre.

La polémica revive la crítica estructural a la judicialización de los procesos electorales, como ya ocurrió con las elecciones judiciales de 2024. En aquella ocasión, también se denunciaron fallos del TCP que terminaron entorpeciendo el desarrollo institucional y minando la confianza pública en la neutralidad del sistema.

¿Qué sigue?

La Sala Constitucional de Santa Cruz tendría  que pronunciarse antes del 3 de julio, fecha límite para presentar sustituciones o demandas de inhabilitación, ya que la lista definitiva fue publicada el 6 de junio pasado.

Redacción central

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