Dom. Ago 16th, 2026

Tensión entre el TSE y la CGE por certificado de solvencia: ¿Se vulneró el procedimiento en el caso Dunn?

La polémica crece en el entorno electoral tras la decisión del TSE de consultar a la Alcaldía de El Alto sobre la solvencia fiscal de un postulante, pese a que la Contraloría General del Estado ya había emitido el certificado respectivo. ¿Se violó la normativa? ¿Hay interferencia institucional? Este caso revela vacíos legales y tensiones entre órganos del Estado en plena antesala de las elecciones generales.

Una controversia de alto calibre ha emergido entre las instituciones responsables del proceso electoral boliviano, luego de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) enviara una solicitud de verificación a la alcaldesa de El Alto, Eva Copa, respecto a la situación fiscal del ciudadano Jaime Guillermo Dunn De Avila, quien aspira a ser candidato en las elecciones generales de 2025.

La polémica surge porque la solicitud fue dirigida a una entidad sin competencia legal en la materia, generando serias dudas sobre el manejo del cumplimiento de requisitos para candidaturas.

El caso Dunn: certificados bajo la lupa

Dunn presentó ante el TSE el Certificado de Solvencia Fiscal Nº 782089 y una Certificación Aclaratoria Nº CGE/GR-DJBR 001/2025 emitida por la Contraloría General del Estado (CGE). No obstante, el TSE solicitó a la Alcaldía de El Alto que informe si el ciudadano tiene pliegos de cargo ejecutoriados, requerimientos de pago o deudas con el municipio.

La solicitud sorprendió a expertos en derecho administrativo, ya que según el Decreto Supremo Nº 24278 y el reglamento vigente, la única entidad autorizada a emitir certificados de información sobre solvencia con el fisco es la CGE. La alcaldía, como instancia municipal, no tiene competencia para certificar ni validar si un ciudadano cumple con los requisitos de solvencia fiscal exigidos para ser candidato.

¿Puede haber solvencia con deuda? La clave del nuevo reglamento

Un comunicado oficial emitido el 26 de junio por la CGE (CGE/EXT-SCSL/005/2025) aclara un punto crucial:

“Cualquier ciudadano puede obtener el certificado de información sobre solvencia con el fisco, documento donde se reflejará la información referente a procesos judiciales o requerimientos de pago si existiera.”

Es decir, el certificado no garantiza ausencia de deuda, sino que informa sobre su existencia. Por tanto, la solvencia no es un juicio afirmativo, sino una fotografía jurídica del estado del ciudadano. Corresponde entonces al TSE interpretar si ese estado jurídico cumple o no los requisitos para postulación.

Comunicado de la Contraloría

¿Error, presión política o inseguridad jurídica?

La consulta a la Alcaldía genera una serie de interrogantes:

  • ¿Por qué el TSE, teniendo dos documentos de la CGE en mano, solicitó una validación adicional a una entidad no competente?
  • ¿Se trata de un intento de ganar tiempo, filtrar información o ejercer presión política?
  • ¿Qué efectos puede tener esto sobre el principio de seguridad jurídica y la imparcialidad del proceso electoral?

Voceros del entorno de Jaime Dunn han señalado que existe una “intención política” detrás de la solicitud, pues la emisión del certificado por la CGE fue clara y pública. Sin embargo, sectores cercanos al TSE justifican la acción en el marco de una verificación cruzada.

Transparencia en juego

El episodio pone sobre la mesa un debate mayor: ¿cuán transparente y técnico es el proceso de habilitación de candidaturas? ¿Podría repetirse este tipo de prácticas con otros postulantes, generando inseguridad o instrumentalización institucional?

Especialistas señalan que el TSE debe limitarse a evaluar los documentos oficiales emitidos por la autoridad competente (la CGE), y en caso de duda, consultar formalmente a esa misma entidad, no a terceros.

Reflexión final: el deber de proteger el proceso democrático

A menos de seis meses de que inicie oficialmente el calendario electoral, este caso marca un precedente peligroso. La institucionalidad democrática exige rigor técnico, coordinación transparente entre entidades y respeto estricto a la competencia legal de cada órgano del Estado.

En tiempos de desconfianza institucional, no basta con cumplir el reglamento: hay que parecer justos y actuar con responsabilidad frente a la ciudadanía Para dar certeza al proceso electoral.

Redacción central

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