El Ministerio de Hidrocarburos tiene como función definir la política energética del país, ejercer la tuición sobre las entidades del sector, coordinar la ejecución de planes estratégicos y garantizar el abastecimiento de combustibles. Sin embargo, la ejecución operativa de esas políticas recae en YPFB, cuya estructura administrativa le otorga autonomía para realizar contrataciones, importaciones, procesos técnicos y decisiones empresariales a través de su Directorio, su Presidente Ejecutivo y sus gerencias.
Esa distribución de competencias podría convertirse en uno de los ejes centrales del proceso penal. Para sostener los delitos de incumplimiento de deberes y conducta antieconómica, la Fiscalía deberá demostrar que Medinaceli no solo ocupaba el cargo de ministro, sino que intervino directamente en las decisiones investigadas o incumplió un deber legal específico cuya omisión produjo el presunto daño al Estado.
En términos jurídicos, la diferencia entre responsabilidad política y responsabilidad penal resulta determinante. La primera deriva de la conducción del sector; la segunda exige acreditar una conducta concreta, un nexo causal y la participación del investigado en los hechos atribuidos.
A este debate se sumó la historiadora y analista Sayuri Loza, quien recordó la trayectoria profesional y académica de Medinaceli y expresó su convicción de que el exministro estaría siendo utilizado como un «chivo expiatorio» para proteger intereses dentro de YPFB. Se trata, sin embargo, de una valoración personal que forma parte del debate público y que deberá contrastarse con las pruebas que presente el Ministerio Público durante la investigación.
Por Equipo de redacción
