Sáb. Ago 15th, 2026

Contraloría ante el salto de Bs 1.063 a Bs 7,3 millones: la pregunta que pone a prueba al órgano de control

La denuncia contra el gerente general de la Caja Nacional de Salud (CNS), Walter Germán Hoyos Delfín, por un supuesto incremento millonario de sus recursos en pocos meses abre una pregunta que va más allá de la investigación penal: ¿qué debe hacer la Contraloría cuando encuentra indicios de que una declaración jurada de bienes y rentas podría no reflejar la realidad patrimonial de un funcionario?

El caso comenzó con una denuncia del diputado Rolando Pacheco por presuntas irregularidades en la compra de tres tomógrafos para la CNS por Bs 45 millones. En el curso de esa investigación, según el legislador, apareció un dato que cambió el alcance de la denuncia: la declaración jurada presentada por Hoyos ante la Contraloría registraba tres cuentas bancarias con Bs 481, Bs 481 y Bs 101, respectivamente. En total, Bs 1.063.

La misma declaración consignaba que Hoyos percibía Bs 18.249 mensuales como gerente general de la CNS, cargo que asumió en diciembre de 2025. Tampoco reportó bienes inmuebles, bienes muebles, títulos valores u otros bienes en esa declaración.

La nueva información denunciada por Pacheco sitúa el saldo de una cuenta de ahorro en Bs 7.316.035,25, además de otros Bs 39.987,48 en una cuenta de ahorro convenio. La distancia entre ambos datos es demasiado grande para ser despachada únicamente como una diferencia contable. Pero tampoco permite afirmar, sin una investigación, que esos millones constituyan enriquecimiento ilícito.

Ahí aparece la responsabilidad de la Contraloría. Una declaración jurada de bienes y rentas no es un simple trámite administrativo. El propio Estado la define como el instrumento mediante el cual el servidor público informa sobre los ingresos, bienes, deudas y rentas que posee o percibe hasta el momento de su presentación.

Por eso, si existen documentos que muestran que la situación patrimonial de un funcionario podría ser sustancialmente distinta de la que declaró, el asunto no debería quedar exclusivamente en manos de una denuncia política o penal. La Contraloría debería verificar los datos, contrastar la información disponible y establecer si existe una inconsistencia que pueda generar responsabilidades.

La pregunta central, entonces, cambia. Ya no es solamente “¿cómo llegó un funcionario a tener Bs 7,3 millones?”. La primera pregunta institucional es otra: “¿la declaración jurada presentada ante la Contraloría era correcta cuando fue presentada?”

Si la respuesta fuera negativa, el problema adquiriría otra dimensión. Porque no se trataría únicamente del origen de los recursos, sino de la eventual omisión, ocultamiento o falsedad de información patrimonial ante el órgano encargado de ejercer el control correspondiente.

Y aquí aparece el punto más sensible del caso. La Contraloría General del Estado tiene una responsabilidad que no puede trasladar simplemente a la Fiscalía. La investigación penal puede determinar si hubo enriquecimiento ilícito, legitimación de ganancias ilícitas u otro delito; pero el órgano de control debe cumplir su propia función frente a una posible inconsistencia en una declaración jurada.

La discusión sobre la independencia de la Contraloría, por tanto, deja de ser teórica. La institución tiene que demostrar que puede controlar al poder público, incluso cuando la persona observada ocupa un cargo dentro de una entidad estatal bajo la administración del Gobierno de turno.

Por ahora, lo responsable es hablar de indicios y diferencias patrimoniales que deben ser esclarecidos, no de culpabilidad. Pacheco anunció que solicitará información a la ASFI para establecer los saldos y movimientos de otras cuentas que pudieran estar a nombre del gerente de la CNS y de sus familiares. También existen otras acusaciones sobre presuntas irregularidades en contrataciones de la Caja que, como corresponde, deberán ser corroboradas.

El verdadero examen, sin embargo, también será para la Contraloría. Si los documentos muestran una diferencia entre lo declarado y lo que realmente existía, deberá explicar qué verificó, qué encontró y qué acciones adoptó.

Porque en un Estado que pretende combatir la corrupción, el problema no termina cuando un diputado presenta una denuncia. El problema comienza cuando el órgano encargado de controlar al Estado tiene delante una posible inconsistencia patrimonial y debe decidir si la investiga hasta el final.

Portada Sandra Quiroga Solano, Contralora General del Estado interina

Por Equipo de redacción

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